viernes, 9 de diciembre de 2011
Frida y Beatriz Tsuchiya y la póliza fondeada 30 años en un cajón.
El Más Allá de las Pólizas
En mayo del 2007, CARETAS 1975 recogió el testimonio de las hermanas Frida y Beatriz Tsuchiya, sobrinas de la desaparecida pintora Tilsa Tsuchiya Castillo, quienes con 33años de retraso se enteraron de que su padre, Wilfredo Tsuchiya Castillo, había muerto sin poder decirles que eran beneficiarias de un seguro de vida de US$ 35,000. Muy tarde. El contrato, firmado con la compañía de seguros La Nacional, la cual fue absorbida en 1997 por Mapfre, habría prescrito al haber transcurrido más de 3 décadas. Durante todo ese tiempo, las hermanas Tsuchiya tuvieron que lidiar con una vida de carencias y mortificaciones, viéndose obligadas incluso a vender cuadros de su célebre tía para poder balancear el presupuesto familiar; mientras tanto, la póliza de miles de dólares se apolillaba silenciosamente en un cajón.
El caso de las Tsuchiya no es raro. Hasta el año pasado, ninguna ley obligaba a las compañías de seguros a informar a los beneficiarios de una póliza. Gabriel Bustamante, presidente de la Asociación de Consumidores y Usuarios de Seguros (Acuse) –acaba de publicar su segundo libro; Los Seguros y la Prensa–, calcula que anualmente se quedan sin cobrar S/.50 millones en seguros de vida y accidentes. Por eso celebra como buena noticia la promulgación de la Ley 29355, que crea el Registro Nacional de Información y Contratos de Seguros de Vida y Accidentes Personales. “Esto significa que ahora, con sólo presentar la partida de defunción en la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, uno puede saber si el familiar fallecido tenía coberturas contra muerte o accidentes”, explica Bustamante. Y no sólo eso: “La ley obliga a las empresas de seguros a notificar a los beneficiarios en un plazo de 48 horas. De no poder ubicarlos, debe efectuar la notificación en un diario de circulación nacional, y además publicar mensualmente una lista con las personas que no han podido ubicar”. El registro debe estar habilitado en 90 días, es decir, en la primera semana de agosto. La noticia coincide también con la aprobación de la modificatoria de la Ley de Transparencia del SOAT-AFOCAT, que en teoría debería ampliar la difusión de la lista de indemnizaciones por cobrar del SOAT (vehículos particulares) y Afocat (vehículos de transporte público). “Hay S/.8 millones que viudas, huérfanos o padres no cobran por los cerca de 600 muertos en accidentes de tránsito, básicamente porque nadie les informó”, agrega Bustamante, quien además sostiene que la modificación de esta Ley de Transparencia, todo hay que decirlo, no es satisfactoria: “La modificación incluye información en quechua y aymara y publicación en hospitales. Eso está bien; pero no está contemplando la difusión de los beneficios del SOAT, como proponía el proyecto original”. Tarea pendiente para la Comisión de Transportes del Congreso, que preside José Maslucán
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