domingo, 28 de diciembre de 2025

Reparto del rescate del Inca Atahualpa

TESTIMONIO DEL ACTA DE REPARTICION DEL RESCATE DE ATAHUALLPA, OTORGADO POR EL ESCRIBANO PEDRO SANCHO.

En el pueblo de Caxamalca de estos reinos de la Nueva Castilla, a diez y siete días del mes de junio año del nacimiento de Nuestro Señor Jesu-Cristo de 1533, el muy magnífico Sr. el comendador Francisco Pizarro, adelantado, lugar teniente, capitán general y gobernador por S. M. en estos dichos reinos, en presencia de mí, Pedro Sancho, teniente de escribano general en ellos por el Sr. Juan de Sámano, dijo: que por cuanto en la, prisión y desbarato que del cacique Atahuallpa y de su gente se hizo en este dicho pueblo, se obo algún oro, y después que el dicho cacique prometió y mandó a los cristianos españoles que se hallaron en su prisión cierta cantidad de oro, la cual cantidad se halló, y dijo sería un buhío lleno y diez mil tejuelos, y mucha plata que él tenía y poseía, y sus capitanes en su nombre, que habían tomado en la guerra y entrada del Cuzco, y en la conquista de la tierra, por muchas causas que declaró como más largo se contiene en el Auto que de ella se hizo, que pasó ante escribano, y dello el dicho cacique ha dado y traído y mandado dar y traer parte de ello; de lo cual conviene hacer repartición y repartimiento, así del oro y plata, como de las perlas y piedras y esmeraldas que ha dado, y de su valor entre las personas que se hallaron en la prisión del dicho cacique, que ganaron y tomaron el dicho oro y plata, a quien el dicho cacique le mandó y prometió y ha dado y entregado porque cada una persona haya y tenga y posea lo que de ello le perteneciere, para que con brevedad su señoría con los españoles se despache y parta de este pueblo para ir a poblar y pacificar la tierra adelante, y por Otras muchas causás que aquí no van expresadas; por ende, el dicho señor Gobernador dijo: que S. M. por sus provisiones e instrucciones reales que le dió para la gobernación de estos reinos y administracción que le fué dada, le manda que todos los provechos y frutos y otras cosas que en las tierras se hallasen y ganasen, lo dé y reparta entre las personas conquistadores que lo ganasen, según y como les pareciese, y cada uno mereciese por su persona y trabajo; y que mirando lo susodicho y otras cosas que es razón y se deben mirar para hacer el repartimiento, y cada uno haya lo que de la dicha plata que el dicho cacique ha dado y habido, y ha de haber y se les ha de dar, como S. M. lo manda, él quería señalar y nombrar por ante mí el dicho escribano, la plata que cada una persona ha de haber y llevar, según Dios Nuestro Señor le diere a entender teniendo conciencia; y para lo mejor hacer pedía la ayuda de Dios Nuestro Señor, e invocó el auxilio divino. E luego el dicho Sor. gobernador, atento a lo que es dicho y va declarado en el Auto antes de este, poniendo a Dios ante sus ojos, señaló a cada una persona los marcos de plata que le parece que merece y ha de haber de lo que el dicho cacique ha dado, y en esta manera lo señaló. |

Y luego en 18 de Junio del mismo año de 1533 proveyó otro auto el dicho Gobernador para que el oro se fundiese y repartiese; el cual se fundió y repartió en esta manera, como parece por los autos originales de donde lo he sacado, y pongo con distinción el oro y plata que cada uno recibió en las dos columnas siguientes, por no haber más de una vez la lista de la gente, aunque allí está en dos.

A la iglesia 90 marcos de plata, 2220 pesos de oro

Al Señor Gobernador por su persona y a los lenguas y caballo. 2.350 marcos de plata  57.220 pesos oro

A Hernando Pizarro, 1267 marcos de plata y 31080 pesos de oro

 A Hernando de Soto ............ 724 marcos de plata y 17.740, pesos de oro

Continùa la lista, los totales suman 40.860.3 marcos de plata y 971,125 pesos de oro, esto fuera de los quintos apartados para el rey con anticipaciòn.




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