TESTIMONIO DEL ACTA DE REPARTICION DEL RESCATE DE ATAHUALLPA, OTORGADO POR EL ESCRIBANO PEDRO SANCHO.
En el pueblo de Caxamalca de estos reinos de la Nueva Castilla, a diez y siete días del mes de junio año del nacimiento de Nuestro Señor Jesu-Cristo de 1533, el muy magnífico Sr. el comendador Francisco Pizarro, adelantado, lugar teniente, capitán general y gobernador por S. M. en estos dichos reinos, en presencia de mí, Pedro Sancho, teniente de escribano general en ellos por el Sr. Juan de Sámano, dijo: que por cuanto en la, prisión y desbarato que del cacique Atahuallpa y de su gente se hizo en este dicho pueblo, se obo algún oro, y después que el dicho cacique prometió y mandó a los cristianos españoles que se hallaron en su prisión cierta cantidad de oro, la cual cantidad se halló, y dijo sería un buhío lleno y diez mil tejuelos, y mucha plata que él tenía y poseía, y sus capitanes en su nombre, que habían tomado en la guerra y entrada del Cuzco, y en la conquista de la tierra, por muchas causas que declaró como más largo se contiene en el Auto que de ella se hizo, que pasó ante escribano, y dello el dicho cacique ha dado y traído y mandado dar y traer parte de ello; de lo cual conviene hacer repartición y repartimiento, así del oro y plata, como de las perlas y piedras y esmeraldas que ha dado, y de su valor entre las personas que se hallaron en la prisión del dicho cacique, que ganaron y tomaron el dicho oro y plata, a quien el dicho cacique le mandó y prometió y ha dado y entregado porque cada una persona haya y tenga y posea lo que de ello le perteneciere, para que con brevedad su señoría con los españoles se despache y parta de este pueblo para ir a poblar y pacificar la tierra adelante, y por Otras muchas causás que aquí no van expresadas; por ende, el dicho señor Gobernador dijo: que S. M. por sus provisiones e instrucciones reales que le dió para la gobernación de estos reinos y administracción que le fué dada, le manda que todos los provechos y frutos y otras cosas que en las tierras se hallasen y ganasen, lo dé y reparta entre las personas conquistadores que lo ganasen, según y como les pareciese, y cada uno mereciese por su persona y trabajo; y que mirando lo susodicho y otras cosas que es razón y se deben mirar para hacer el repartimiento, y cada uno haya lo que de la dicha plata que el dicho cacique ha dado y habido, y ha de haber y se les ha de dar, como S. M. lo manda, él quería señalar y nombrar por ante mí el dicho escribano, la plata que cada una persona ha de haber y llevar, según Dios Nuestro Señor le diere a entender teniendo conciencia; y para lo mejor hacer pedía la ayuda de Dios Nuestro Señor, e invocó el auxilio divino. E luego el dicho Sor. gobernador, atento a lo que es dicho y va declarado en el Auto antes de este, poniendo a Dios ante sus ojos, señaló a cada una persona los marcos de plata que le parece que merece y ha de haber de lo que el dicho cacique ha dado, y en esta manera lo señaló. |
Y luego en 18 de Junio del mismo año de 1533 proveyó otro auto el dicho Gobernador para que el oro se fundiese y repartiese; el cual se fundió y repartió en esta manera, como parece por los autos originales de donde lo he sacado, y pongo con distinción el oro y plata que cada uno recibió en las dos columnas siguientes, por no haber más de una vez la lista de la gente, aunque allí está en dos.
A la iglesia 90 marcos de plata, 2220 pesos de oro
Al Señor Gobernador por su persona y a los lenguas y caballo. 2.350 marcos de plata 57.220 pesos oro
A Hernando Pizarro, 1267 marcos de plata y 31080 pesos de oro
A Hernando de Soto ............ 724 marcos de plata y 17.740, pesos de oro
Continùa la lista, los totales suman 40.860.3 marcos de plata y 971,125 pesos de oro, esto fuera de los quintos apartados para el rey con anticipaciòn.
https://archive.org/details/colecciondelibro05unse/mode/1up
